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8 de junio, 2023 1:18 PM

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Tribunal ordena a la Nación solucionar problema del ‘cruce de la muerte’ en Zipaquirá

by nidodelcondor.co

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en su sección Primera reconoció la vulneración de los derechos colectivos de los ciudadanos de Zipaquirá a la seguridad y al goce del espacio público y falló en contra del Instituto Nacional de Vías (INVIAS) para que haga los estudios necesarios para solucionar el problema de la intersección entre la calle 8a. que lleva a a Nemocón con la vía Zipaquirá-Ubaté, más conocido como cruce Ave Colombiana. Por sus altos niveles de accidentalidad también se le conoce popularmente como el “cruce de la muerte”.

El encargado de elevar la demanda ante el poder jurisdiccional fue el personero de Zipaquirá, Miller Mauricio Castro, quien hizo caso de las quejas presentadas reiteradamente por los habitantes de los sectores de La Paz y Barandillas, y en general por la comunidad zipaquireña. El funcionario público explicó que su demanda de acción popular se debió al abandono en que la Nación dejó a una vía nacional (Zipaquirá-Ubaté) al no prestarle atención a la alta accidentalidad registrada en el mencionado cruce.

Miller Mauricio Castro, personero de Zipaquirá.

La comunidad que habita alrededor del sitio siempre se ha manifestado a favor de la construcción de un puente que permita que el tráfico fluya más fácilmente. A pesar del clamor, lo único que se logró fue la semaforización de la interseccción, pero esta solución no ha arreglado mayor cosa debido al denso tráfico que pasa por ambas vías.

En sus propias palabras Miller Castro manifestó que “… Como personero de la ciudad, garante y defensor de los derechos de los zipaquireños y atendiendo al clamor de la ciudadanía frente a la problemática que se ha venido suscitando en el ‘Cruce de la muerte’, en el año 2017 radiqué una acción popular en contra de la Nación, el Ministerio de Transporte y el INVIAS. A la fecha y por decisión de primera instancia, el Tribunal nos da la razón y condena a la Nación por la vulneración de los derechos colectivos a la seguridad pública y al goce del espacio público”.

En el fallo el Tribunal reconoce la vulneración de los derechos alegados por el Personero en su demanda, por lo que ordena al INVIAS, a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a la Concesionaria Devinorte, a la Concesionaria Convicol S.A.S. y al Ministerio de Defensa a través de la Policía Nacional de Tránsito y Transporte, que realicen una serie de actividades orientadas a la recuperación de los derechos violados a la comunidad afectada.

La providencia, de cuya ponencia se encargó el magistrado Felipe Solarte Maya, determina que en el plazo de tres meses a partir de la notificación las entidades mencionadas deben realizar los estudios necesarios para determinar el verdadero nivel de accidentalidad del cruce en mención.

También se conmina a la Nación a que implemente las medidas correctivas que contribuyan a garantizar la protección de los derechos invocados por el personero Miller Castro en su escrito. Finalmente, se pide a las autoridades competentes a que hagan el mantenimiento preventivo del sistema de semaforización existente en el cruce de la calle 8a con carrera 36 (cruce Ave Colombiana).

El Tribunal, además, ordenó la conformación de un comité de verificación, el cual será presidido por el magistrado ponente. Es de señalar que la decisión es de primera instancia y puede ser apelada.

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