La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el alcalde del municipio de La Palma (Cundinamarca), John Jairo Pulido Pulgarín, por la firma irregular de un contrato por más de 60 millones de pesos. Dicho contrato tenía por objeto la adquisición de alimentos y artículos de aseo a una empresa que se dedicaba a la reparación de vehículos automotores.
La compra de esos elementos se hizo en el marco de la pandemia que vive el país desde 2020 por causa del virus covid-19. El contrato realizado por la alcaldía municipal, por un valor de $65’163.372, no cumplió con el principio de idoneidad requerido en este tipo de vínculos comerciales pues, como lo manifestó un concejal de la población que pidió mantener su nombre en reserva, “no se puede esperar que en un taller de mecánica sepan de comprar suministros para la comunidad víctima de la pandemia”.

La Alcaldía de La Palma contrató con un taller mecánico la compra de alimentos e insumos para las víctimas de la pandemia.
Otra de las razones por las que el Ministerio Público le abre pliego de cargos a Pulido es por haber incurrido en presuntos sobrecostos al momento de la compra de los insumos que necesitaba la ciudadanía en medio de la pandemia. Según la providencia de la Procuraduría, el alcalde de La Palma “aceptó y dio por ciertos los precios de los productos que fueron estipulados por la referida empresa en la cotización que presentó, hecho que comporta un deficiente estudio del mercado y, de contera, un desconocimiento del sector objeto del proceso de contratación desde la perspectiva financiera”.
Por ahora, para la Procuraduría la conducta irregular del alcalde tiene la calificación provisional de “gravísima a título de culpa por desatención elemental de los deberes”. En el mismo documento el Ministerio Público vincula también en el proceso al secretario municipal de Planeación, Edward Andrés Hernández, pues fue el firmante de un texto conocido como de ‘Análisis del sector’, el cual fue el justificante para la celebración del contrato anómalo.
Finamente, la Procuraduría señala que contra la presente decisión no procede recurso alguno.